Modalidades de servicios

Dictámenes

Consisten en opiniones legales escritas y firmadas por los socios sobre el tema solicitado por el requirente destinadas a ser presentadas ante terceros del país o del extranjero.

También pueden tener por objeto salvaguardar la responsabilidad profesional del consultante o de un tercero.

Requieren una previa exposición del interesado sobre el tema y, de comprender hechos concretos, el análisis de la documentación, actuaciones judiciales, registros y demás antecedentes que correspondan.

La opinión vertida en el dictamen podrá ser relativa a la solución de la cuestión a la luz de la doctrina y jurisprudencia vigentes en el país o, dejando en claro tal situación, expresar la diversa postura personal del titular debidamente fundada.

En caso de que se desee presentar el dictamen en juicio comercial, penal o tributario, deberá indicarse tal circunstancia a efectos de dar la forma procesal que corresponda.

El servicio de dictámenes también comprende la posibilidad de evacuar «Consultas científicas o técnicas», en los términos del Art.476 del código procesal civil y comercial de la Nación, o norma local equivalente, bajo dos alternativas: que el Tribunal haya designado directamente al ESTUDIO como entidad privada académica, o que, habiendo designado a una entidad académica pública o privada determinada, esta contrate los servicios del ESTUDIO para cooperar en la respuesta de la consulta.

Cuando se trate de un dictamen para presentar en el exterior, quedan incluidos en los servicios la traducción, las legalizaciones y la remisión por correo internacional correspondientes.